NEWSLETTER
Septiembre - 2011


GD Consultora
Somos un equipo de profesionales multidisciplinarios dirigido por la Lic. Gabriela Dobler que brinda asesoramiento integral a emprendedores, pymes, comerciantes y profesionales en la planificación, gestión y desarrollo de sus empresas. Ofrecemos una amplia gama de servicios de acuerdo a las necesidades de cada cliente para que realicen con éxito sus proyectos. Trabajamos en red con el propósito de generar negocios rentables posibilitando el vínculo entre nuestros clientes; creyendo firmemente que si queremos crecer será trabajando con honestidad y profesionalismo, entendiendo que el crecimiento de nuestro cliente es nuestro propio crecimiento.

INDICE


Nota Editorial

Estimados lectores: en esta newsletter encontrarán como siempre el resumen de nuestro programa radial “Tu consulta no molesta. Profesionales que hablan tu mismo idioma” y las novedades impositivas más el calendario de vencimientos.

Te entregamos dos artículos: uno sobre cómo controlar a tus empleados en el uso de internet y las redes sociales y, otro sobre cómo presentarse ante un posible inversor para que se interese en tu proyecto.

Esperamos que visiten nuestros blogs y escuchen nuestros programas, siempre estamos abiertos a vuestros comentarios y/o sugerencias. Los invitamos a seguirnos:

Blog GD Consultora (empresas): www.gdconsultora.blogspot.com – Twitter @gdobler
Blog Decidí emprender (emprendedores): www.decidiemprender.blogspot.com – Twitter @DEmprender

¡Éxitos!

Lic. Gabriela Dobler


Novedades y Capacitación

Novedades

Charla emprendedora: “Pensá e innová con tu modelo de negocio para tener una empresa más eficiente”. En esta ocasión la Lic. Gabriela Dobler disertará sobre los diferentes modelos de negocios para evaluar, junto con los asistentes, cuáles convienen en cada caso.

Fecha y lugar: 22/9 a las 18 hs en Amenábar 2081 (María TE)
Costo: $ 30 (para la rica merienda y el material)
Inscribíte: capacitacion@gdconsultora.com.ar (Reservá tu lugar con tiempo, los cupos son limitados)

Tutorías para emprendedores: seguimos trabajando con este exitoso sistema a través del cual los emprendedores arman sus planes de negocios, ponen en marcha sus proyectos, solucionan temas de gestión como la estructura interna, ventas, entre otros. El resultado es la profesionalización y el éxito de los emprendimientos. Los emprendedores pueden optar por:

  • Tutoría personalizada en forma presencial (duración de 2 a 4 meses)
  • Tutorías personalizada en forma virtual (duración de 2 a 4 meses)
  • Tutorías personalizadas mensuales
  • Tutorías personalizada por hora
  • Tutorías grupales con no más de 6 emprendedores.

Para recibir información escribí a capacitacion@gdconsultora.com.ar asunto “Tutorías”.


Programa radial: Tu consulta no molesta. Profesionales que hablan tu mismo idioma (Powered by GD Consultora)

Tu consulta no molesta. Profesionales que hablan tu mismo idioma. Idea y conducción: Lic. Gabriela Dobler. Este programa se emite los días lunes a las 12 hs AR por www.frecuenciaemprender.com. Nuestros oyentes son emprendedores y empresarios pyme, la temática es brindar temas de actualidad, información, herramientas de gestión, con la posibilidad de hacer consultas al aire sobre los temas tratados a través del chat de la radio.


Temas tratados en agosto 2011 y sus audios (para bajar y escuchar cuando quieras, incluso desde tu mp3). Seguinos en www.tuconsultanomolesta.blogspot.com

01-08:
Hablamos sobre 20 pistas para iniciar tu negocio (click aquí) e Innová con tu modelo de negocios (click aquí).
Para bajar el audio: click aquí

08-08: Hablamos sobre los 7 pecados capitales de las empresas en las redes sociales (click aquí), Análisis FODA (click aquí). Novedades impositivas e impuestos para emprendedores con Pablo Lugones.
Para bajar el audio: click aquí

15-08: Hablamos sobre Atención al cliente y empatía (click aquí) y, Comunicación y redes sociales con la Lic. Mariela Porrini y Valeria Dupey consultoras de Envía Comunicación (www.enviacomunicacion.com).
Para bajar el audio: click aquí

29-08: Te conté sobre los 8 mitos del emprendedor (click aquí). Hablamos con el coach Fernando Álvarez titular de Desde La Trinchera (www.desdelatrinchera.com) sobre el éxito y el fracaso.
Para bajar el audio: click aquí

Podés hacer tus consultas a los profesionales, la primera consulta es gratuita, mirá quiénes son los profesionales dispuestos a ayudarte en www.tuconsultanomolesta.blogspot.com (solapa “Hacé tus consultas”).

Para publicitar solicitá información vía mail a tuconsultaradio@hotmail.com


Espacio emprendedores y empresarios

¿Qué hacer para controlar a nuestros empleados en internet y redes sociales? por Lic. Gabriela Dobler: Muchas empresas (sobre todo pymes) no controlan a sus empleados en el uso que le dan a la computadora y sus accesos a internet y redes sociales. Es importante controlarlo debido a la fuga de información que puede haber, sabemos que un comentario en alguna red social puede beneficiar o puede perjudicar la imagen de la empresa.

Por lo tanto, las opciones que tiene el empresario es “intentar” controlar tres variables:

  1. Capacitación del empleado en el uso de la información en internet. Mantenerlo enfocado en la visión y misión de la empresa, y, motivado para actuar positivamente. Enseñarle a comunicarse con el “entorno”. Y tener en cuenta el “dar y recibir”, sólo generando confianza, demostrándola, se tendrá buenos resultados.
  2. Tener una persona encargada del control y manejo de la información que se producen en internet (a través de alertas y búsquedas) para aplicar en el acto las medidas que sean necesarias. Y ser además, la encargada de emitir los comunicados y respuestas en lo que a la empresa se refiere.
  3. Medidas de control de las computadoras, esto es, contar con una persona especializada en tecnología de la información que tenga los antivirus actualizados, tener un software de control que regule la información utilizada por el empleado, entre otros.

La era de la información y la web 2.0 ya está presente entre nosotros, adaptarse es sólo cuestión de tiempo, la decisión de producir el cambio y no estar obligado a hacerlo (con todo lo que ello conlleva), está en vos.

5 herramientas para convencer a un Inversor Angel: Para presentar adecuadamente un proyecto a un inversor se requieren, al menos, 5 herramientas: el Elevator Pitch, el Resumen Ejecutivo, la Presentación, el Plan de Negocios y las Proyecciones Financieras. ¿Hacen falta las 5? SI. Todas cumplen distintas funciones.

1. Elevator Pitch (o Elevator Speech): Comunicar el proyecto en pocas palabras. Cuál es el problema que atacamos u oportunidad que detectamos. Cuál es nuestra propuesta para dar una solución. Función: comunicar rápidamente lo grandioso de nuestra idea al inversor que estaba buscando y me encuentro en un ascensor, en una conferencia, en una cena. Empezar a correr la voz entre conocidos, abogados, relaciones, para que ellos lo comenten a sus conocidos. Si no es claro, corto y jugoso nadie lo repetirá.

2. Resumen Ejecutivo: Debería ser entre 1 y 3 páginas (máximo y para casos especiales). Debe explicar todo el proyecto, los puntos fundamentales, las ideas fuerza, debe incluir el capital necesario, como se utilizará (a grandes rasgos), cuál será el beneficio. Función: Cuando tengo detectado alguien que puede estar interesado. Es el primer aproach. Es difícil que alguien que se dedique a invertir lea todos los planes de negocios que recibe. No tiene tiempo. Lee el resumen, si le interesa seguirá indagando.

3. Presentación: En una primera presentación debo estar preparado para presentar todo el Plan en un máximo de 20 minutos (apoyado en un powerpoint). No hay mucho más tiempo para que un inversor preste atención en una primera reunión. Parece poco pero 20 minutos son más que suficiente, incluso si se puede en 10 mucho mejor. Esto dejará más tiempo para continuar la charla con el inversor profundizando en lo que realmente le interesa o le llamó la atención. Función: Hay un inversor que se interesó en escucharme. Tengo que aprovechar el tiempo, ser claro, conciso, convincente. Mucho más si se debe presentar ante un grupo de inversores. El objetivo no es contar hasta el último detalle sino lograr que se interese y seguir reuniéndonos.

4. Plan de negocios: El plan es fundamental, es el detalle de lo que se va a hacer. Es la hoja de ruta, es difícil defender un proyecto ante un inversor si no se explica el que, el cuándo, el cómo, el dónde, el por qué, el quién, el cuánto. Probablemente quede desactualizado al poco tiempo de empezar a recorrerlo y habrá que adaptarse a los desvíos pero sobre una base firme que explique a dónde vamos. Función: Estamos avanzando, ahora el inversor debe saber en mayor detalle que es lo que se planea hacer. Revisar los supuestos, discutirlos, etc.

5. Proyecciones financieras: Proyecciones financieras hechas a conciencia. Incluir metas de ventas y costos realistas. Si no son realistas se puede caer todo lo que conseguimos con el inversor. Es parte del Plan de Negocios, lo pongo por separado, no solo porque es a través del cual se hace el análisis económico financiero del proyecto, sino que también es muy útil para chequear contra los supuestos del plan de negocios y ver que tan realistas son. Función: Lo mismo que el Plan de Negocios más el análisis económico y financiero de la inversión, su retorno esperado, etc.

Fuente: www.inversorangel.com


Novedades impositivas por Cdor. Pablo Lugones

REGIMENES IMPOSITIVOS ESPECIALES: Promoción de la industria del software. Se prorroga hasta el 31/12/2019 el tratamiento fiscal para el sector (Ley Nacional N° 26.692): Se modifica el "Régimen de promoción de la industria del software" estableciéndose que este será aplicable hasta el 31/12/2019.

Entre las principales modificaciones efectuadas señalamos:

  • El régimen es aplicable a las personas jurídicas constituidas o habilitadas a actuar en el país.
  • Los sujetos beneficiarios deberán cumplir con al menos 2 de las siguientes condiciones: a) Acreditación de gastos en actividades de investigación y de desarrollo de software. b) Acreditación de una norma de calidad reconocida aplicable a los productos o procesos de software. c) Realización de exportaciones de software.
  • Se precisa el momento a partir del cual las personas jurídicas serán beneficiarias del régimen.
  • Los sujetos beneficiarios del régimen no serán pasibles de retenciones ni percepciones de IVA. A tal efecto la Administración Federal de Ingresos Públicos emitirá la respectiva constancia de no retención del impuesto.
  • La reducción del 60% en el monto total del impuesto a las ganancias se aplicará al impuesto de fuente argentina o extranjera proveniente de las actividades promovidas.
  • Los bonos para la cancelación de tributos nacionales que tengan origen en la industria del software podrán ser utilizados para cancelar el impuesto a las ganancias en un cierto porcentaje por parte de las empresas que exporten.

Por último, señalamos que todos aquellos beneficios del régimen que hayan sido otorgados con anterioridad a las presentes modificaciones continuarán subsistiendo en los términos que fueron otorgados oportunamente.

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO: La AFIP exige la digitalización de datos biométricos para nuevas categorías (AFIP Res. Gral. N° 3163/2011): Mediante dicha resolución, relativa a la digitalización de datos biométricos y los nuevos sujetos obligados, las nuevas categorías que deberán cumplir con este tipo de información serán:

  • Quienes operen en la compraventa de granos y legumbres seca y;
  • Aquellos que intervengan en el transporte automotor y/o ferroviario de granos.

Para realizar el trámite, deberán presentarse en la Dependencia AFIP en la que se encuentran inscriptos a fin de proceder al registro de los datos biométricos faltantes. La fecha tope para el cumplimiento de esta obligación es el 25/10/2011. Sin este trámite, va a ser imposible solicitar la inclusión en el "Registro Fiscal de operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas".

IMPUESTO A LAS GANANCIAS: Donaciones de dinero a entidades exentas. Nuevas modalidades que hacen procedente su deducción en el impuesto a las ganancias (AFIP Res. Gral. N° 3166/2011): Se establecen nuevas modalidades para realizar donaciones de dinero a entidades exentas en el Impuesto a las Ganancias para que su deducción sea computable. Se establece la posibilidad de efectuar giros o transferencias bancarias, débitos en cuenta a través de cajeros automáticos, débitos directos en cuenta bancaria y débitos directos en cuenta de tarjeta de crédito.

A raíz de las presentes modificaciones, se aprueba la versión 2.0 del programa aplicativo "DONACIONES EN DINERO Y EN ESPECIE DONANTES Y DONATARIOS" a efectos de que los sujetos obligados al régimen de donaciones presenten las correspondientes declaraciones juradas informativas. Dichas modificaciones comentadas resultan de aplicación para las declaraciones juradas originales o rectificativas que se presenten a partir del 03/10/2011, inclusive.

JURISPRUDENCIA IMPOSITIVA: La Corte frenó a la AFIP en su intento de utilizar un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para cobrar IVA a un contribuyente:

En un reciente fallo, el máximo tribunal consideró inviable la posibilidad de que el fisco cree un nuevo criterio con el fin de aplicar el tributo, anteponiendo un decreto de necesidad y urgencia a lo establecido en la ley. En lo que representa un importante antecedente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) decidió poner un freno a la AFIP que intentó cobrar un impuesto a un contribuyente bajo el amparo de un DNU. En efecto, en una reciente sentencia, el máximo tribunal decidió avalar el reclamo de la firma Austral Cielos del Sur, quién se presentó ante la Justicia luego de que el organismo de recaudación le determinara una deuda en el IVA (más multas e intereses) por una actividad exenta. Con esta sentencia, la CSJN sienta un importante precedente en materia impositiva, debido a que confirma la imposibilidad de que, a través de un decreto de necesidad y urgencia, se cree un tributo o se elimine una exención. De esta forma, nutre a los contribuyentes de una poderosa "herramienta" para evitar los embates del fisco nacional.

IVA: Empresas de servicios de limpieza de edificios, de investigación y/o seguridad y de recolección de residuos domiciliarios. Régimen de retención. (AFIP Res. Gral. N° 3164/2011): Dicha resolución, establece un régimen de retención del impuesto al valor agregado que se aplicará a las operaciones realizadas por las empresas de servicios de limpieza de edificios, de investigación y/o seguridad, y de recolección de residuos domiciliarios, con independencia de la naturaleza jurídica del contrato mediante el cual se instrumenten (locación de obras y/o locación o prestación de servicios).

INGRESOS BRUTOS (CONVENIO MULTILATERAL): A partir de septiembre se podrá efectuar el pago sin disquete. (Com. Arbitral Convenio Multilateral Res. N° 05/2011): Se aprueba la Versión 2.0.2 del aplicativo SIFERE - "Sistema Federal de Recaudación de Convenio Multilateral", la misma permite prescindir del uso de disquetes en aquellas presentaciones bancarias efectuadas para abonar gravamen, intereses y multas y resulta de utilización optativa a partir del 01 de setiembre de 2011.

El pago sin disquete se materializará a través de la emisión de un "volante de pago" por cada jurisdicción, el cual estará identificado con el número de formulario que se indica a continuación, según sea el caso:

Formulario 5859: solo pago.
Formulario 5860: volante de pago de intereses.
Formulario 5861: volante de pago de multas.

INGRESOS BRUTOS (CAPITAL FEDERAL): La AGIP prorroga el plazo para presentar la ddjj anual 2010 (AGIP Res. 1823/2011): Debido a la demora en la implementación del nuevo sistema para la confección de la declaración jurada anual 2010 de este impuesto para los contribuyentes locales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (SICOL), la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos prorrogó hasta octubre el plazo para la presentación de la citada declaración jurada, cuyo vencimiento estaba previsto para los días 22, 23, 24, 25 y 26 de agosto. Recordamos que, mediante la Resolución Nº 631/2010 se estableció que a partir del 1º de diciembre de 2010, la presentación de la declaración jurada final debe efectuarse mediante la carga informática vía web, en sustitución del formulario manual F. 161 manual. Los nuevos vencimientos para dicha obligación informativa son los siguientes:

Terminación número
de inscripción
Vencimiento
0 y 1 17/10/2011
2 y 3 18/10/2011
4 y 5 19/10/2011
6 y 7 20/10/2011
8 y 9 21/10/2011

INGRESOS BRUTOS (CAPITAL FEDERAL): Régimen de Recaudación sobre Acreditaciones Bancarias. Contribuyentes del Convenio Multilateral. Alícuota general. Modificación (AGIP Res. 464/2011): Se incrementa a 1,80% la alícuota general, aplicable en el sistema de recaudación y control de acreditaciones bancarias "SIRCREB", para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan bajo el Régimen General de Convenio Multilateral, y no tengan prevista una alícuota específica. La entrada en vigencia es a partir del 01/09/2011.

IGJ (Capital Federal): Se fija la fecha de vencimiento para la tasa anual del corriente año (IGJ Res. 1164/2011): La Inspección General de Justicia fija el día 30 de setiembre de 2011 como fecha de vencimiento de la tasa anual, aplicable a las sociedades por acciones, establecida en la decisión administrativa (IGJ) 46/2001.

SEGURIDAD SOCIAL: Nuevos topes para la base imposible de aportes y contribuciones a la seguridad social (ANSES Res. Gral. N° 448/2011): Se dispone la modificación de los topes mínimo y máximo a la base imponible de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social. La base imponible mínima queda establecida en $ 498,89 y la máxima en $ 16.213,72 respectivamente, a partir del devengado setiembre de 2011.

SUELDOS: Recomposición salarial: En estos días se aprobó la recomposición salarial de los siguientes convenios.

  • Aguas gaseosas. Rama: Jugos concentrados (CCT 152/1991).
  • Comercio. Actividad Turística (CCT 547/2008).
  • Envases de Cartón y Afines (CCT 624/2011).
  • Escribanías. Capital Federal (CCT 448/2006).
  • Espectáculos públicos. Radio y televisión: convenios colectivos de trabajo (156/1975, 140/1975 y 141/1975). Locutores. Radio (CCT 251/1975).
  • Gastronómicos. Rama: Comedores de Fábricas (CCT 401/2005).
  • Gastronómicos. Hoteles Cuatro y Cinco Estrellas (CCT 362/2003).
  • Futbolistas. Futbolistas Profesionales (CCT 557/2009).
  • Hielo. Industria del hielo y mercados (CCT 232/1994).
  • Industria del pescado (CCT 171/1975).
  • Industria naval. Terminales y puertos privados comerciales (CCT 431/2005).
  • Ladrilleros. Ladrillos a Máquina, Tejas, Baldosas y Anexos. Capital Federal y Buenos Aires (CCT 168/1975).
  • Marítimos. Depósitos Fiscales (CCT 457/2006).
  • Marítimos. Serenos. Puerto de Buenos Aires y Dock Sud (CCT 616/2010).
  • Pasteleros. Heladeros (CCT 273/1996).
  • Pasteleros. Rama Pizzeros (CCT 24/1988).
  • Pesqueros. Fileteros, (CCT 161/1975) Pequeñas y medianas empresas (CCT 506/2007).
  • Químicos y Petroquímicos. Acumuladores eléctricos (CCT 571/2009).
  • Sanidad. Droguerías (CCT 120/1975).
  • SMATA. FAATRA (CCT 27/1988).

Calendario Impositivo

Obligación CUIT
0 - 1 2 - 3 4 - 5 6 - 7 8 - 9
Autónomos 5 6 7 8 9
Monotributo - Pago 20 20 20 20 20
SIJP 7 8 9 12 13
Imp. Ganancias - Sociedades (Ej. cierre Abr-11) 12 13 14 15 16
Imp. Gcia Mínima presunta - Soc. (Ej. cierre Abr-11) 12 13 14 15 16
IVA / Imp. Internos (excepto cigarrillos) 19 20 21 22 23


Obligación CUIT
0 a 3 4 a 6 7 a 9
Anticipos Imp. Gcias. - Sociedades 13 14 15
Anticipos Imp. Gcias. Nº 2 - Personas Físicas No No No
Anticipos GMP - Sociedades 13 14 15
Anticipo Nº 2 - Bienes Personales No No No
Ret.y/o Perc. Strib-Sicore - Pago a cta. 1ºQ 21 22 23
Ret.y/o Perc. Strib-Sicore - DDJJ mensual 9 12 13


Obligación Nro. De Insc. Dígito Verificador
0 - 1 2 - 3 4 - 5 6 - 7 8 - 9
Convenio Multilateral 13 14 15 19 20
Contribuyentes Locales (CABA) 13 14 15 19 20
Contribuyentes Locales (Buenos Aires) 12 13 14 15 16
Régimen Simplificado (CABA) 19 20 21 22 23


Obligación Tipo
Obligatorio Voluntario
Servicio Doméstico 12 15

Nota: los vencimientos pueden sufrir cambios de fecha, sugerimos consultar los calendarios de vencimientos de:
www.afip.gov.ar
www.agip.gov.ar (Rentas Capital Federal)
www.arba.gov.ar (Rentas Buenos Aires)




Se autoriza la reproducción de las notas y artículos de esta newsletter, mencionando fuente y autor.

Muchas gracias por reenviar esta Newsletter a quien le pueda interesar.
Si no desea seguir recibiendo información por favor enviar un mail a info@gdconsultora.com.ar poniendo “Borrar” en asunto.


¡Hasta la próxima!

www.gdconsultora.com.ar
www.gdconsultora.blogspot.com
info@gdconsultora.com.ar
Teléfono: 11 3221 1932